- Solicite formación el usuario.
- Necesite asistencia técnica en la subida de ficheros el usuario.
- Revisión de los servicios que no funcionen correctamente en el usuario, con la finalidad de hacer pruebas y control de calidad.
Toda la información del usuario, es confidencial y se conserva en el secreto profesional de abogado cliente de acuerdo al código deontológico del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, así como por los acuerdos de confidencialidad firmados entre la empresa cliente y sus usuarios con Registrasoft, s.l.
3.4.2 Los usuarios podrán darse de alta voluntariamente, pero no serán activadas sus cuentas hasta que los acuerdos de confidencialidad y de servicios se hubieren firmado previamente con Registrasoft, S.L. y, en tal caso, podrá unilateralmente crear los usuarios aprobados por la empresa cliente y darlos de alta Registrasoft, S.L. notificando tales circunstancias mediante el envío a sus cuentas de correo electrónico de los dato mínimo preparados en la plataforma, para que posteriormente les permita acceder, cambiar su clave privada y actualizar su perfil. Los usuarios se darán de baja de acuerdo a la solicitud de la empresa cliente o bien, porque se comunique su intención de darse de baja por el propio usuario de acuerdo a la cláusula 3.5. de Protección de Datos personales.
- Derecho de Acceso
- Derecho de Rectificación
- Derecho de SUpresión
- Derecho a la LImitación del tratamiento
- Derecho de Portabilidad
- Derecho de Oposición
-Contrato de gestión de activos de propiedad intelectual entre el usuario y Registrasoft, S.L.
De otra parte: EL USUARIO-CLIENTE
De otra parte: REGISTRASOFT, S.L.
Luis Manuel Tolmos Abogado colegiado 107770 en nombre y representación de Registrasoft, S.L. bajo las marcas Agencia Escrow ® y Registrasoft® titularidad de Registrasoft,S.L. con CIF. B-85826295, domicilio a estos efectos en la calle Velázquez nº 15, 1º dcha 28001 Madrid.
ACUERDAN
Que el Cliente contrata los servicios profesionales de la mercantil REGISTRASOFT S.L. con el fin de asesorale en la preparación de toda la documentación y relación de PRUEBAS DE AUTORÍA, así como en la MEDIACIÓN ENTRE EL CLIENTE (licenciante) Y SUS CLIENTES, frente al depósito notarial de tecnología, de acuerdo con las siguientes,
CLAÚSULAS
PRIMERA. OBJETO
De acuerdo al Convenio de Berna y tratados internacionales en relación a los derechos de autor y a la Ley 2/2019 de 1 marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril Artículo 97 Titularidad de los derechos de los programas de ordenador:
1. Será considerado autor del programa de ordenador la persona o grupo de personas naturales que lo hayan creado, o la persona jurídica que sea contemplada como titular de los derechos de autor en los casos expresamente previstos por esta Ley.
2. Cuando se trate de una obra colectiva tendrá la consideración de autor, salvo pacto en contrario, la persona natural o jurídica que la edite y divulgue bajo su nombre.
Y así el cliente (La Empresa Licenciante) manifiesta ser titular de la propiedad intelectual y de los derechos de explotación del SOFTWARE y/o creaciones intelectuales de la tecnología y a estos efectos contrata a REGISTRASOFT, S.L. para asesorarle en la tramitación del depósito así como en el caso de contratar y pagar un certificado con sello notarial ante el Notario Don Francisco Mata Botella y en la Mediación entre LICENCIANTE y sus clientes en lo relativo al acceso a dicho depósito.
De igual modo, el cliente manifiesta que el SOFTWARE y/o creaciones intelectuales que depositarán en los servidores alojados bajo la titularidad de registrasoft.com y en su caso ante el Notario, no contienen ningún elemento contrario a las leyes o al orden público y que el depósito no es en garantía de un acto de tal carácter.
SEGUNDA. REALIZACIÓN DEL DEPÓSITO.
2.1.Depósito inicial:EL CLIENTE, depositará telemáticamente en los servidores de registrasoft.com la tecnología, a través de Registrasoft, S.L quien entregará en depósito al Notario de Madrid D. Francisco Mata Botella (en lo sucesivo, "EL NOTARIO”), cuyas oficinas se encuentran en la Calle Jorge Juan 21, 1º, de Madrid, una copia de las tecnologías en caso de haberse contratado y pagado por el cliente tal servicio (se podrá realizar la solicitud desde la plataforma).
2.2.Actualizaciones del depósito inicial: En caso de que EL CLIENTE lleve a cabo en el futuro desarrollos, actualizaciones u otras modificaciones del Código Fuente, La Empresa Licenciante a través de Registrasoft, S.L. depositará opcionalmente, ante el NOTARIO copias de las distintas nuevas versiones que vayan apareciendo.
2.3.- NUEVAS VERSIONES DEL DEPÓSITO
El cliente, en caso de requerir la realización de actualizaciones, procederá a realizar un nuevo depósitoal precio pactado en la oferta firmada entre EL CLIENTE Y REGISTRASOFT.
Renovación del depósito: llegado el vencimiento de 12 meses, el cliente podrá renovar el depósito sin necesidad de retirarlo, por un período igual, en virtud del pago del precio correspondiente.
2.4.- DURACIÓN y TÉRMINO
La duración del depósito notarial se fija en plazos de 12 meses renovables de forma ininterrumpida a contar desde la fecha en que se realice el depósito notarial, salvo que EL CLIENTE y REGISTRASOFT decidan ponerle fin de mutuo acuerdo.-
La renovación está sujeta al pago del precio de mantenimiento anual, y al de las actualizaciones y renovaciones contenidas en la oferta.
TERCERA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
a. El Cliente está obligado a:
i. Realizar el depósito inicial.
ii. Comunicar cualquier transmisión de los derechos de propiedad intelectual del contenido depositado, a la REGISTRASOFT en los datos que figuran: c/Velazquez 15 1º dcha. 28001 Madrid y al email legal@registrasoft.com
iii. A pagar el precio estipulado por REGISTRASOFT, S.L., de acuerdo al documento de la oferta. De actualizar los precios se enviará una nueva oferta con los precios de los servicios contratados.
IV. Exonerar a Registrasoft, S.L. frente a terceros, de los fallos técnicos que tuviere el pendrive depositado y si no se pudiera recuperar la información contenida realizada por El Cliente o por Registrasoft en nombre del Licenciante, de la extracción del depósito realizado con forme al punto b.VI.
b. Registrasoft está obligada a:
i. Mediar entre el Cliente y sus clientes en relación a las divergencias que surgieran o surgiesen en relación a los software depositados.
II. Realizar, en su caso, las verificaciones técnicas del material depositado, con un perito informático, cuando el Cliente lo requiera previo contrato.
III.Realizar todas las gestiones que, en virtud del procedimiento de depósito, se le soliciten por parte del cliente previo contrato.
IV.A notificar en los datos del encabezamiento correspondientes al domicilio y contacto del Cliente, cualquier modificación o alteración de Registrasoft, S.L. que le impidiese dar continuidad a la mediación y servicios de mantenimiento y asesoramiento del depósito.
V. A representar al Licenciante, mediante poder notarial otorgado al representante legal de Registrasoft, para la actualización de los depósitos y sus versiones, así como para comunicarse con terceros exclusivamente vinculado al Escrow contratado con la oferta firmada: AE CORP. Adjunta al presente contrato.
VI. A actualizar el depósito en nombre del Licenciante, mediante tecnología de carpetas compartidas en la nube, desde la cuenta corporativa privada que Registrasoft, s.l. tiene contratada con el proveedor de servicios dropbox, y que es de uso para sus propios clientes, con las garantías de cifrado y privacidad que el proveedor ofrece (https://www.dropbox.com/es_ES/security) , protocolizando las acciones de introducción en soporte digital que será posteriormente depositado ante el Notario. El licenciante exonera a
c.Los datos de contacto de las partes, no podrán ser variados por ninguna parte sin previa notificación a las demás partes mediante burofax (con acuse de recibo y certificación de contenido).
CUARTA. Protección de datos
Responsable del Tratamiento: REGISTRASOFT, S.L.
Fin del tratamiento:
El control y seguimiento de la información solicitada y visitas recibidas. Así como la gestión y trámites jurídicos para la propiedad intelectual de los depósitos de activos en registrasoft.com
Comunicación de los datos: No comunicarán datos a terceros, excepto a la Notaría de Don Francisco Mata Botella en la calle Jorge Juan 21 28001 Madrid o aquellas entidades que previamente haya consentido el interesado.
Derechos que asisten al Interesado:
- Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento.
- Derecho de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos y a la limitación u oposición a su tratamiento.
- Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (agpd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.
Datos de contacto para ejercer sus derechos:
- Derecho de Acceso
- Derecho de Rectificación
- Derecho de SUpresión
- Derecho a la LImitación del tratamiento
- Derecho de Portabilidad
- Derecho de Oposición
REGISTRASOFT, S.L., Calle Velázquez 15 1º Dcha 28001, Madrid o a través de correo electrónico a legal@registrasoft.com , junto con prueba válida en derecho, como fotocopia del D.N.I. e indicando en el asunto "PROTECCIÓN DE DATOS".
REGISTRASOFT, S.L. revisará y comprobará la identidad de los usuarios, dando de baja del sistema aquéllos que tengan identidad falsa o no usen los servicios de la plataforma, con la finalidad de conservar la calidad de los datos y de los servicios.
QUINTA. Confidencialidad
Tanto durante la vigencia como tras la finalización del presente contrato, cada una de las Partes se obliga a guardar la más absoluta confidencialidad sobre el contenido del presente contrato, salvo que cuente con la previa autorización escrita de las demás partes o ello no sea posible en virtud de procedimientos legales u otras exigencias legales.
SEXTA. Este Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la firma entre las partes, y tendrá una duración de un año, siendo renovable tácitamente por años naturales. El depósito notarial tendrá una duración de un año y, en caso de querer renovarse, se podrá hacer siguiendo el procedimiento previsto.
QUINTA.- RESOLUCIÓN DEL ACUERDO
El presente contrato quedará resuelto por las causas establecidas por la legislación española, y en concreto por las siguientes:
1. Por probarse que el cliente no es titular de los derechos de propiedad intelectual objeto del depósito. Por probarse que el contenido del depósito contiene algún elemento contrario a las leyes o al orden público o que el depósito es en garantía de un acto de tal carácter. En este caso, el contrato será declarado nulo de pleno derecho.
2. Por mutuo acuerdo entre las partes.
3. Por incumplimiento grave por cualquiera de las partes de sus obligaciones derivadas del presente contrato.
4. Por incumplimiento de los pagos por parte del Cliente o falta de contraprestación del servicio por parte de Registrasoft, S.L., sin perjuicio de las responsabilidades legales de las partes.
En caso de resolución anticipada del contrato o declaración de nulidad del mismo, Registrasoft, S.L. no devolverá los importes económicos cobrados por el tiempo transcurrido en el depósito y por el que faltase hasta cumplir el plazo de 12 meses para su vencimiento.